• Los nuevos límites de velocidad aprobados para todas las carreteras españolas entrarán en vigor, definitivamente, el próximo 29 de enero.

Tras muchas semanas de informaciones, anuncios y rumores, finalmente el pasado día 28 de diciembre, coincidiendo con el Día de los Inocentes (pero no, no era una broma), el Consejo de Ministros aprobó la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación con el que establecía nuevos límites de velocidad para algunas carreteras españolas.

La DGT anunciaba entonces que su entrada en vigor se efectuaría 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Y como eso ocurrió al día siguiente, ya el sábado 29 de diciembre de 2018, oficialmente las nuevas medidas serán efectivas desde el próximo día 29 de enero.

Como te hemos venido desde entonces contando, la principal novedad será la rebaja del límite de velocidad a 90 km/h para coches y motos en carreteras convencionales, con una excepción: en aquellas vías que presenten calzadas con los dos sentidos de circulación separados por una barrera física, los titulares podrán elevar el límite hasta 100 km/h. Además, la DGT confirmaba también que coches y motos podrán superar el límite de velocidad hasta en 20 km/h al adelantar, siempre y cuando el coche precedente circule ya por debajo de los 90 km/h.

Así quedan todos los límites de velocidad en carreteras convencionales en Europa

Estos nuevos límites de velocidad en carreteras convencionales, que se irán también aplicando gradualmente conforme se cambie toda la señalización en las calzadas, afectarán a 10.000 kilómetros de nuestras carreteras convencionales, según ha confirmado el propio Ministerio del Interior.

ASÍ QUEDAN TODOS LOS LÍMITES DE VELOCIDAD

Sin embargo, y a pesar de que esta ha sido la medida más publicitada y anunciada, ¿qué pasa con el resto de vehículos? ¿Y con las demás carreteras? Para salir de dudas, en el encabezado del artículo (y a continuación) te ofrecemos un gráfico muy visual donde rápidamente podrás comprobar cómo quedan todos los límites.

Todos los límites de velocidad en España, por carreteras y vehículos

Y es que, en esas mismas vías convencionalesel resto de vehículos(como camiones, autobuses, caravanas, transporte escolar o vehículos con remolque) no podrán superar los 80 km/h de velocidad máxima.

Por su parte, en autopistas y autovías, el límite máximo de velocidad permanece invariable en 120 km/h para coches y motos; en 100 km/h para autobuses, transporte escolar y vehículos con remolque; mientras que camiones y furgonetas sólo podrán circular hasta 90 km/h.

La otra gran modificación aprobada supondrá, desde el 29 de enero, que todas las vías sin pavimentar tendrán en España un nuevo límite de velocidad máxima de solo 30 km/h.

NUEVA CAMPAÑA INFORMATIVA DE LA DGT

Teniendo ya claros los nuevos límites, la DGT inicia hoy mismo una campaña informativa para dar a conocer a toda la población el mencionado límite de 90 km/h en carreteras convencionalesmodificado. Bajo el eslogan, “Menos velocidad, más vidas en la carretera. Mejor más despacio”, la Dirección General de Tráficolanzará en próximos días hasta 4 vídeos que podrán verse en todos sus canales durante este mes de enero. Te dejamos a continuación con el primero que nos ha dejado ver ya la DGT.

FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/asi-quedan-todos-los-limites-de-velocidad-en-espana-por-carreteras-y-vehiculos